Lagunas o puntos de incertidumbre
Cosas que no se saben
- Estructura de la Asamblea: Adriana Salvatierra (Presidenta del Senado), Rubén Medinaceli (Primer Vicepresidente del Senado), Jeanine Añez (Segunda Vicepresidente del Senado). Víctor Borda (Presidente de Diputados), Susana Rivero (Primera Vicepresidente de Diputados), Margarita Fernández (Segunda Vicepresidente de Diputados).
- Tuto Quiroga no estuvo en las reuniones del 2019. Fuente: Entrevista de Galindo con Waldo Albarracín, ahí este dice que no estaba Tuto Quiroga, sino que estuvo un tal José Antonio Quiroga (PLURAL), Ricardo Paz, Manuel Canelas, Adriana, etc.
- No hubo 36 muertos en Senkata y Sacaba. Hubo 19 muertos de 37. 51% de muertos. Antes 7 muertos en La Paz, 5 Cochabamba, 2 en Montero y 1 en Potosí.
- Hay pruebas de que la casa de Víctor Borda se quemó. GIEI y videos. No sabemos, eso sí, si su hermano sufrió vejaciones que él dijo que sufrió.
- Se dice que había gente armada en los PITITAS (Montero). Los informes dicen que es probable, pero no se comprueba apodícticamente porque no hay pruebas.
- Ex FARC Facundo Molares de Colombia, fue agarrado el 8 de noviembre. Se lo acusaba de matar gente (Montero), sin embargo, él no pudo haber sido porque estaba siendo atendido de forma particular desde la tarde que había recibido un disparo.
- Kaliman no le puso la banda a Jeanine, fue un militar, pero no Kaliman.
- Las fuerzas armadas sugirieron la renuncia, nada más.
Si hubo golpe, necesariamente deben haber golpistas. ¿Quiénes son?
Argumentos:
- El reconocimiento del TCP al gobierno de Jeanine Añez, lo vuelve constitucional el gobierno. Pero este reconocimiento es posterior.
- La corte de San José se pronunció respecto al tema de la reelección como derecho humano: no es.
- Fallo 052/2021 del TCP. Autogolpe, los golpes vinieron del propio MAS. Violar constitucional, TCP que declara inconstitucional la constitución, referéndum 21F. Art. 169 no menciona que el segundo vicepresidente sea susceptible de recibir la sucesión presidencial. Pero aquí se dice que eso no importa, porque se buscó la salida más cercana a la constitución.
- La sucesión no podía ampararse en el comunicado 003/2001 porque no es vinculante y es de una constitución pasada.
- En el CPC no figuran los comunicados con efectos jurídicos, sino las declaraciones, sentencias y autos constitucionales.
- El TCP usa documentos de constituciones pasadas para tener congruencia jurídica. Sin embargo, la sucesión fue reconocida en la sentencia 001/2020 con quórum, el cual tenía autoridades masistas.
- Evo Morales no hace un abandono, sino que esto se da después de 3 meses. La Asamblea Legislativa prevé la ausencia del presidente por 10 días.
- El vacío legal demuestra las falencias de la constitución masista. Cuando Evo abandona el país, renuncia al cargo.
- ¿Las ausencias fueron fruto de renuncias voluntarias o no? 052/2021 TCP.
- Reuniones extraparlamentarias en universidades católicas, la decisión presidencial se resolvió fuera del parlamento, y eso debió de hacerse en la asamblea.
- Los políticos y cívicos no representan necesariamente a la gente movilizada. Las estructuras camarales debían recomponerse. No existe la renuncia oral. Las renuncias se efectuaron bajo presión.
- Se quemaron casas de ambos lados, y son cosas que salen de lo jurídico.
- En el reglamento interno de la Cámara de Senadores se dice que la 2da vicepresidenta del Senado puede reemplazar la 1era vicepresidencia, pero solo para sesionar temporalmente. El art. 107 del reglamento de la cámara de senadores es clave.
- Aun así, se debe sesionar para posesionar presidente. En la sentencia 052/2021 se establece que la sucesión ipso facto no se aplica fuera del presidente y vicepresidente del estado.
- La tesis del fraude necesita negar el golpe de estado, en cambio, la tesis del golpe se mantiene si el fraude fuese un hecho. Ambas tesis pueden existir independientemente.
- Ofrecieron 300 mil dólares a Jeanine Añez. Tuto es agente de la CIA. Morales mismo llama a la OEA y Vaticano, y este primero da un informe que da lugar a la tesis del fraude. Y Morales sugiere la creación de un ministerio de la verdad. ¿Dónde se justifica la sugerencia de las fuerzas armadas?
Ley orgánica de las fuerzas armadas de la nación
Artículo 20° - Las atribuciones y responsabilidades fundamentales del Alto Mando Militar son:
- Definir los principios básicos doctrinarios que rigen la vida institucional de las fuerzas armadas.
- Analizar las situaciones conflictivas internas y externas, para sugerir ante quien corresponda las soluciones apropiadas.
- Fiscalizar el manejo de los recursos financieros y el patrimonio de las fuerzas armadas.
- Determinar los objetivos de las fuerzas armadas a fin de alcanzar la seguridad, la defensa y el desarrollo nacional.
Reglamento general de la cámara de senadores
Sección I de la presidencia
Artículo 39 (Atribuciones de la Presidenta o Presidente). Son atribuciones de la Presidenta o Presidente de la Cámara:
- Representar a la Cámara de Senadores y hablar en nombre de ella.
- Ejercer la Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional en ausencia o impedimento del Presidente nato.
- Aprobar la agenda a ser considerada en la sesión del pleno camaral.
- Proponer el orden del día para la siguiente sesión del pleno camaral, dando prioridad a la discusión de las materias pendientes.
- Iniciar, dirigir, suspender y clausurar las sesiones de plenarias.
- Garantizar el cumplimiento del orden del día, el decoro y respeto en el desarrollo de las sesiones, en estricta observancia del presente reglamento.
- Requerir del público asistente a las sesiones del pleno camaral circunspección y respeto. En caso de alteración o perturbación grave, ordenar el desalojo.
- Remitir a las comisiones los asuntos legislativos que sean de su competencia.
- Requerir a las comisiones que expidan sus informes legislativos en caso de demora o de urgencia.
- Disponer la impresión y distribución de todos los informes legislativos elaborados por las comisiones, para su tratamiento por el pleno camaral.
- Anunciar la materia en debate, fijar las proposiciones en las que se basará la votación y proclamar el resultado final.
- Firmar las leyes aprobadas y/o sancionadas, así como las resoluciones, declaraciones y minutas de comunicación de la Cámara, para ser remitidos a las autoridades correspondientes.
- Conminar al órgano ejecutivo para que responda a las peticiones de informe escrito en los plazos previstos por el presente reglamento.
- Remitir a los órganos del estado e instituciones las notas de atención que requieran información o documentación para asuntos legislativos.
- Autorizar la publicación del anuario legislativo, redactor, informe de gestión y otros documentos legislativos.
- Otorgar licencia a los miembros de la directiva.
- Conceder licencia a un máximo de cinco senadores por sesión.
- Convocar y presidir las reuniones de coordinación con los jefes de las bancadas políticas.
- Dirigir la elaboración del proyecto de presupuesto anual de la Cámara de Senadores, someterlo a consideración de la directiva y presentarlo posteriormente al pleno camaral.
- Supervisar el funcionamiento de los sistemas legislativo y administrativo de la cámara de senadores.
- Llevar la joya distintiva de la Presidencia de la Cámara en ocasiones solemnes.
Sección II de las vicepresidencias
Artículo 40 (Atribuciones de la Primera Vicepresidencia). Son atribuciones de la Primera Vicepresidenta o Primer Vicepresidente:
- Reemplazar a la Presidenta o Presidente de la Cámara en caso de ausencia o impedimento temporal.
- Realizar el seguimiento de las relaciones de la Cámara con la Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Cámara de Diputados y con los otros órganos del estado.
- Coordinar las relaciones de la Cámara con organismos interparlamentarios, entidades y agencias internacionales en asuntos legislativos.
- Apoyar a la Presidencia en las tareas de coordinación de las relaciones de la directiva con las bancadas políticas.
- Coordinar las relaciones entre la directiva y las brigadas departamentales.
- Apoyar a la Presidencia en la coordinación de las relaciones de la Cámara con la sociedad civil a través de mecanismos de participación y deliberación ciudadana.
- Ejercer tuición sobre los medios de comunicación de la Cámara.
Artículo 41 (Atribuciones de la Segunda Vicepresidencia). Son atribuciones de la Segunda Vicepresidenta o Segundo Vicepresidente:
- Reemplazar a la Presidenta o Presidente y a la Primera Vicepresidenta o Primer Vicepresidente, cuando ambos se hallen ausentes o impedidos.
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